La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales confirmó que la Fundación Colombia Luz y Sonrisas, creada por la primera dama Ana Lucía Pineda Aruachán, tiene el Registro Único Tributario vigente y hace parte del Régimen Tributario Especial. La entidad precisó que esa condición la somete a obligaciones, controles y requisitos propios de las organizaciones sin ánimo de lucro incluidas en ese sistema.
Ante la polémica que ha surgido por el recaudo de recursos por parte de la fundación de la primera dama, Ana Lucía Pineda, la DIAN señaló que la Fundación Colombia Luz y Sonrisas está debidamente registrada en el Régimen Tributario Especial y tiene Registro Único Tributario. Además, la entidad aclaró que esta fundación puede recibir donaciones.
¿Qué es el Régimen Tributario Especial que tiene en medio de una polémica a la fundación de la primera dama? Permite recibir donaciones para los damnificados por el terremoto. La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales confirmó que la Fundación Colombia Luz y Sonrisas, creada por la primera dama Ana Lucía Pineda Aruachán, tiene el Registro Único Tributario vigente y hace parte del Régimen Tributario Especial.
La aclaración responde a cuestionamientos sobre las donaciones destinadas a los damnificados por el terremoto del 10 de agosto y desvirtúa el señalamiento de que la entidad fundada por la primera dama carecía de ese registro. La DIAN precisó que la fundación está sujeta a los derechos, obligaciones y mecanismos de control aplicables a las entidades del Régimen Tributario Especial.
Esto dijo la fundación de la primera dama Ana Lucía Pineda tras las acusaciones de Matador sobre las donaciones para los damnificados del terremoto. Asimismo, la entidad salió a respaldar esa versión y precisó que la fundación cuenta con su Registro Único Tributario vigente y que integra el Régimen Tributario Especial, por lo que las afirmaciones que indicaban lo contrario no corresponden a su situación jurídica actual, de acuerdo con el organismo tributario.
La fundación de la primera dama no tendría certificación de la DIAN para recibir donaciones y hasta ahora no ha entregado cuentas de lo recaudado. Medios nacionales revelaron que la fundación no habría estado incluida en el Régimen Tributario Especial de la DIAN, una calificación que permite a las entidades sin ánimo de lucro recibir donaciones y expedir certificados tributarios a los donantes. Según el reportaje, la organización tampoco habría actualizado su responsabilidad en el RUT antes del 30 de junio de 2024, fecha límite para conservar esa condición.
De esta manera, aunque la DIAN aclaró que Colombia Luz y Sonrisas está habilitada para recibir donaciones y confirmó su situación tributaria, siguen sobre la mesa las preguntas sobre el monto total de los aportes recaudados para atender a los damnificados por el terremoto.
¿Una fundación necesita estar en el Régimen Tributario Especial para recibir donaciones? No necesariamente.
Este es uno de los puntos que más confusión ha generado. La propia DIAN explica en sus preguntas frecuentes que una entidad sin ánimo de lucro puede recibir donaciones aunque todavía no haya sido calificada dentro del Régimen Tributario Especial. Lo que cambia es el tratamiento tributario de esos aportes.
Colombia Luz y Sonrisas está debidamente registrada en el Régimen Tributario Especial, reiteró la DIAN este 13 de octubre. La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales confirmó que la Fundación Colombia Luz y Sonrisas, cuya fundadora es la primera dama Ana Lucía Pineda Arauchan, tiene vigente su Registro Único Tributario y pertenece al Régimen Tributario Especial.
Editor: Fer Bothía | Política – Ágora Digital – 13 de octubre de 2026

