El Consejo de Estado declaró patrimonialmente responsables a una organización comunitaria y a su representante legal por los perjuicios ocasionados a Ecopetrol durante una serie de bloqueos registrados en 2017 en la zona rural de Acacías, Meta.
Los hechos ocurrieron entre el 31 de julio y el 15 de agosto de 2017, cuando integrantes de la comunidad bloquearon los accesos a la Estación Chichimene y restringieron el ingreso de trabajadores, contratistas, insumos y equipos de la petrolera.
Según la sentencia, las protestas afectaron el desarrollo normal de las operaciones y provocaron una reducción en la producción del campo, generando perjuicios económicos para Ecopetrol.
La decisión responsabilizó a la Corporación Comunitaria Juntas de Acción Comunal Área de Influencia Directa de San Isidro de Chichimene (CJAID) y a su entonces representante legal, Sandra Patricia Ruiz Riaño, por los daños acreditados dentro del proceso judicial.
El fallo ha generado discusión sobre los límites y las consecuencias patrimoniales de la protesta social, especialmente cuando las acciones de hecho afectan operaciones empresariales y generan pérdidas económicas. Organizaciones de derechos humanos han cuestionado el precedente y han advertido sobre posibles efectos sobre el derecho a la movilización social.
#ConsejoDeEstado #Ecopetrol #ProtestaSocial

